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San José, 25 enero 2021

 

Desde el 1 de enero,  se inició el cobro del impuesto a las personas jurídicas correspondiente al período 2021. Las sociedades mercantiles obligadas contarán con plazo hasta el 31 de ese mismo mes para cumplir con este pago, sin intereses ni multas. El importe anual que deberán pagar las sociedades mercantiles depende de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2019-2020, o según sean o no contribuyentes.

 

De acuerdo con la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que es la suma de ¢462,200 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones). Por consiguiente: 

 

1.Sociedades no inscritas en el RUT como contribuyentes del impuesto sobre la renta o sociedades declarantes pero no contribuyentes en el impuesto sobre la renta, pagan un 15% del salario base, a saber, la suma de ¢69,330

 

2.Sociedades inscritas en el Régimen de Tributación Simplificada, sociedades inscritas como contribuyentes del impuesto sobre la renta que declaran ingresos (casilla No. 35) en cero o sin actividad, sociedades inscritas que hayan declarado ingresos brutos menores a 120 salarios base, es decir, inferiores a ¢55,464,000 colones, pagarán el 25% del salario base a saber la suma de ¢115,550.00

 

3. Sociedades con ingresos brutos mayores de 120 salarios base pero inferiores a 280 salarios, es decir, inferiores a ¢129,416,000 pagan el 30% del salario base, a saber la suma de ¢138,660.00

 

4. Sociedades con ingresos brutos mayores a 280 salarios, pagan el 50% del salario base , a saber la suma de: ¢231,100,00

 

5. Sociedades nuevas que se inscriban: Les corresponderá pagar proporcionalmente a los días que resten entre la fecha de su efectiva inscripción registral y el último día del período 2021 (31 de diciembre), partiendo del importe de ¢69,330. 

Estamos dispuestos a colaborarle para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de sus sociedades. Escríbanos para más información sbolanos@lpa.legal 

Susan Bolaños Solera

Asociada práctica Corporativa

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